Informe Técnico: Programa de Actividad Física y Deporte en Edad Escolar 2026-2027 (Orden Foral FA-KG-2026-0492)
Informe Técnico: Programa de Actividad Física y Deporte en Edad Escolar 2026-2027 (Orden Foral FA-KG-2026-0492)
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1. MARCO LEGAL Y RECEPTÁCULO NORMATIVO
1.1. Fundamentación Jurídica e Institucional
El Programa de Actividades de Actividad Física y Deporte (AFD) para el curso 2026-2027 se dicta al amparo de la Ley 2/2023, de 30 de marzo, de la Actividad Física y del Deporte del País Vasco y el Decreto 125/2008, de 1 de julio, sobre Deporte Escolar . En el ejercicio de la competencia exclusiva que el artículo 75 de la Ley 2/2023 otorga a los órganos forales, la Diputación Foral de Gipuzkoa aprueba este programa tras el preceptivo informe del Consejo Territorial de Deportes Escolar , órgano consultivo regulado por el Decreto Foral 39/1998 que garantiza la coherencia institucional del modelo.
1.2. El Centro Escolar como Eje Vertebrador y el Parámetro Educativo
Bajo el Artículo 76 de la Ley 2/2023, el centro educativo se ratifica como la estructura básica y eje vertebrador de la AFD en edad escolar. Esta centralidad administrativa no es meramente organizativa, sino que constituye una garantía jurídica para el interés superior del menor , asegurando un "contexto idóneo" que prioriza el proceso pedagógico sobre el resultado competitivo.En este sentido, el presente programa se alinea con la Recomendación General 6/2011 del Ararteko , que exige que el deporte escolar se desarrolle bajo estrictos parámetros educativos. Se establece el compromiso de impedir cualquier conducta intimidatoria, humillante o denigrante, fomentando un clima formativo positivo mediante la colaboración técnica de federaciones, clubes, AMPAs y el apoyo logístico de los municipios en la cesión de instalaciones.
2. NOVEDADES Y AJUSTES CLAVE DEL CURSO 2026-2027
2.1. Flexibilización de la Inscripción y Respuesta a Tendencias de Participación
Como respuesta directa a la contracción del 13% en la participación del programa Multikirola detectada en el curso anterior, la Diputación Foral introduce medidas de flexibilización para favorecer la adherencia deportiva:
Desvinculación de la Inscripción : Se elimina la obligatoriedad de estar inscrito en Multikirola para participar en las actividades de un club (categorías benjamín y alevín). Esta medida busca reducir las barreras de acceso y facilitar la conciliación de intereses del escolar.
Ámbito Territorial y Excepciones : En cumplimiento del Artículo 5 del Decreto 125/2008, se mantiene el carácter local/comarcal para benjamines y foral para alevines. No obstante, se autorizan excepciones por falta de oferta local o modalidades minoritarias, siempre con el objetivo de evitar desplazamientos innecesarios en etapas iniciales.
2.2. Reorientación Competitiva y Criterios Organizativos
Campeonatos de Gipuzkoa : Se redefinen para integrarse exclusivamente en los itinerarios de iniciación al rendimiento y participación, suprimiéndose las clasificaciones oficiales y campeonatos en categoría benjamín para proteger la maduración deportiva natural.
Compatibilidad de Actividades : Se establece una referencia técnica de 1 a 2 sesiones semanales de entrenamiento en categorías benjamín y alevín, garantizando que el escolar pueda simultanear diversas modalidades sin saturación física.
2.3. Modificaciones en la Oferta Monodeportiva (Anexo III)
Calendario y Jornadas : Se propone una referencia de 24 jornadas , con el 13 de junio de 2027 como fecha límite absoluta para la organización de actividades.
Ajustes Técnicos : Se suprime la fase previa en fútbol (alevín 2.º año) y se elimina el límite de inscripción en dos modalidades.
Nuevas Incorporaciones : Se integran el boxeo y la gimnasia artística en la oferta oficial.
Supresiones en Rendimiento : Se elimina la oferta de fútbol y baloncesto en el itinerario de iniciación al rendimiento para alevín de 2.º año.
3. ANÁLISIS DETALLADO DE LOS TRES ITINERARIOS DEPORTIVOS
3.1. Itinerario de Participación Deportiva
Centrado en el fomento de hábitos saludables y el conocimiento multideportivo. Incluye:
Jolas Hezi (Prebenjamín, 1.º-2.º EP): Enriquecimiento motriz y juegos no deportivos (1-2 sesiones/semana).
Multikirola (Benjamín y Alevín, 3.º-6.º EP): Práctica polideportiva equilibrada.
Iniciación Monodeportiva : Enseñanza técnica bajo criterios de recreación y mejora.
3.2. Itinerario de Iniciación al Rendimiento
Progresión por Edad : Las actividades de Detección comienzan en el 1.er año alevín; las de Tecnificación y Competición se reservan estrictamente para el 2.º año alevín.
Cupos de Participación : Limitados al 20% en alevín 2.º año y al 25% en categoría infantil , calculados de forma diferenciada por sexo para corregir la brecha de género.
3.3. Itinerario de Identificación de Talentos y Promesas Deportivas
Metodología de Detección : Basada en la observación técnica de la práctica ordinaria, prohibiendo pruebas selectivas exclusivas en el 1.er año alevín.
Cálculo de Cupos (Control Administrativo) : El número máximo de participantes en este itinerario no podrá exceder el 20% del total de inscritos en el itinerario de iniciación al rendimiento de la modalidad (o, en su defecto, del de participación).
Límite Global : Los cupos no son acumulables; la suma total de "Rendimiento" y "Talentos" tiene un techo infranqueable del 25% de la población total de la categoría.
4. INCLUSIÓN Y DIVERSIDAD FUNCIONAL: ESTRATEGIA EKI Y PROGRAMA EKE
4.1. Estrategia EKI (Deporte Escolar Inclusivo)
Busca la participación integral de escolares con diversidad funcional en grupos ordinarios. Se prioriza la figura del monitor/a de apoyo para garantizar una experiencia significativa.
4.2. Pilares de Recursos EKI
Para asegurar la viabilidad técnica y económica, se disponen:
Asesoramiento FGDA : Servicio gratuito de la Federación Guipuzcoana de Deporte Adaptado para la evaluación de necesidades y contextos.
Guía EKI : Manual técnico con orientaciones según discapacidad (motora, sensorial o del neurodesarrollo).
Subvenciones del 100% : Cobertura total para la contratación de personal técnico de apoyo en grupos inclusivos.
4.3. Programa EKE (Deporte Escolar Adaptado)
Oferta complementaria (de 6 a 21 años) en contextos segregados , entendidos exclusivamente como último recurso cuando la inclusión en grupos ordinarios no es viable.
5. MEDIDAS TRANSVERSALES DE PROTECCIÓN, VALIDACIÓN Y GESTIÓN
5.1. Protección a la Infancia y Adolescencia (LOPIVI y Ley 2/2024)
Es obligatoria la designación de un Delegado/a de Protección y la implementación de protocolos de monitorización. Todo el personal debe poseer el Certificado Negativo de Delitos de Naturaleza Sexual y formación específica en entornos seguros.
5.2. Gestión Digital y Validación Municipal (Kiroldata)
Bolsa de Deportistas : Mecanismo digital en Kiroldata para gestionar administrativamente el flujo de escolares entre centros y entidades.
Validación de Entidades Locales : Los ayuntamientos deben validar obligatoriamente horarios y sedes en la plataforma para garantizar la coordinación de recursos. El incumplimiento constituye infracción según la Ley 2/2023.
Seguro Escolar : Licencia digital con código QR. La asistencia sanitaria se canaliza preferentemente a través de Osakidetza .
5.3. Seguridad y Regulación de Profesiones del Deporte
Protocolo Meteorológico (Anexo VI) : Aplicación vinculante de niveles de alerta para la suspensión de actividades en defensa de la integridad de los menores.
Regulación Profesional (Ley 8/2022) : Es preceptivo el cumplimiento de las cualificaciones para los tres roles definidos: Monitor/a deportivo/a , Entrenador/a y Director/a deportivo/a .
Inspección Foral : La Diputación ejercerá labores inspectoras para corregir desviaciones normativas, con potestad para la suspensión inmediata de actividades no autorizadas.